La Red de Investigadores del Banco Central (REDIBACEN) realizó este día la conferencia “Innovaciones en Inclusión Financiera a través del Dinero Electrónico y Cuentas Simplificadas”. El evento fue presidido por el Ing. Carlos Sanabria, Jefe del Departamento de Investigación Económica de este Banco Central.
El expositor, Lic. Clemente Blanco, Especialista del Departamento de Desarrollo del Sistema Financiero del Banco Central de Reserva, expuso que el objetivo de la conferencia es dar un marco conceptual sobre Inclusión Financiera, así como, presentar el Modelo Integral de Servicios Financieros Digitales y los productos innovadores implementados en el país: registro de dinero electrónico y cuentas de ahorro con requisitos simplificados; y los beneficios de los mismos.
La importancia de este tema radica en que En El Salvador, sólo el 34.6% de la población posee una cuenta de depósitos en una institución financiera, muy por debajo del promedio de América Latina. Pero, es el país con el mayor acceso a cuentas móviles en la región. Por lo tanto, hay oportunidad para desarrollar este campo y permitir que aquellas personas de menores ingresos tengan acceso a los servicios financieros.
La inclusión financiera está referida a facilitar el acceso, uso y calidad de los servicios y productos financieros, principalmente por parte de la población menores ingresos. Por su parte, el dinero electrónico es aquel aceptado como medio de pago, que es reconvertible en dinero en efectivo, no posee garantía del Instituto de Garantía de Depósitos (respaldo 100% en el BCR), no constituye un depósito y por tanto no devenga intereses. Las cuentas simplificadas son cuentas de ahorro que permiten que las personas de menores ingresos puedan acceder al sistema financiero, con una simplificación de requerimientos de documentación y requisitos de apertura y que poseen el respaldo de una cuenta de depósito financiero. Estas cuentas tienen seguro de garantía de depósitos y devengan intereses.
El rol del Banco Central de Reserva es propiciar la estabilidad y el desarrollo competitivo e inclusivo del Sistema Financiero y de Pagos; por lo cual, es responsable de la aprobación del Marco Normativo que regula a los integrantes del Sistema Financiero y demás supervisados (Art.1 de Ley de Supervisión y Regulación del Sistema Financiero). Además, debe realizar la medición de la inclusión financiera a través de estadísticas de Sistemas de Pago, Encuestas de acceso a servicios financieros, capacidades financieras y acceso al crédito a micro y pequeñas empresas.
La Ley para facilitar la Inclusión Financiera fue aprobada el 13 de agosto de 2015 y se encuentra vigente desde el 11 de septiembre de 2015. La ley implementa una nueva entidad supervisada: las Sociedades Proveedores de Dinero Electrónico. Posee dos productos financieros que son el Registro de dinero electrónico y los Depósitos en cuentas de ahorro con requisitos simplificados. La ley faculta a las instituciones financieras autorizadas para captar y proveer dinero electrónico sin necesidad de constituirse una sociedad.
La población debe acercarse a un punto de atención que puede ser una agencia o corresponsal financiero de cualquiera de las instituciones autorizadas, debe completar los requisitos (DUI y Formulario de Declaración de Ingresos) y activar el celular al cual se vincula la cuenta simplificada o dinero electrónico. Se podrán realizar pagos en comercios, transferencias entre personas y pagos de servicios. Se podrán recibir salarios, remesas familiares y subsidios.
A manera de conclusión, se estableció que los beneficios de estos productos son: la facilidad y abaratamiento de los costos asociados a pagos y transacciones por parte de la población de menores ingresos; promueve el desarrollo de instrumentos de pagos minoristas, dada su fácil apertura; los clientes pueden acceder a servicios financieros, desde cualquier lugar y a cualquier hora.
Las instituciones financieras podrán evaluar el historial transaccional; menor costo financiero para el Estado y los beneficiarios en general; incentiva la disminución en el uso de efectivo, con menor exposición a la delincuencia; competencia en la prestación de servicios financieros; trazabilidad al existir registros de las operaciones que se realizan, y brinda; y bajo riesgo al establecerse límites de saldos y de transacciones para estos tipos de instrumentos.